Si eres ciudadano venezolano y tienes una autorización por razones humanitarias concedida después de la denegación de tu solicitud de asilo, debes revisar la fecha de vencimiento de tu tarjeta.
La nueva normativa permite modificarla a una autorización de residencia y trabajo por cuatro años. Sin embargo, es importante preparar el trámite con anticipación para conservar la continuidad de tu residencia legal en España.
¿A quién afecta esta modificación?
Esta vía está dirigida a quienes tienen una autorización por razones humanitarias concedida al amparo del artículo 128.1.a) del Reglamento de Extranjería.
Es el permiso que han recibido muchos ciudadanos venezolanos después de la denegación de su solicitud de protección internacional y que les permitía residir y trabajar en España durante un año.
No todas las autorizaciones por razones humanitarias tienen el mismo fundamento. Antes de presentar la modificación, es necesario revisar la resolución y comprobar cuál fue el artículo aplicado.
Una residencia y trabajo por cuatro años
El Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, modificó el artículo 191 del Reglamento de Extranjería para permitir el paso de estas autorizaciones a un permiso de residencia y trabajo.
Posteriormente, la Instrucción SEM 1/2026 aclaró que la modificación:
- Se solicita desde España, sin necesidad de visado.
- Exige que haya transcurrido el primer año de vigencia de la autorización.
- Permite obtener una residencia y trabajo por cuatro años.
- No exige cumplir los requisitos laborales y económicos habituales de otras modificaciones.
Un procedimiento más flexible
En este trámite, la Oficina de Extranjería no va a exigir el cumplimiento de requisitos habituales para la modificación a cuenta ajena, no va a analizar si has estado trabajando durante el tiempo que ha durado tu tarjeta, si tienes empleo en este momento o si cuentas con un contrato laboral.
Tampoco será necesario acreditar un número concreto de meses cotizados, estar percibiendo el paro, recibir alguna prestación pública ni demostrar ingresos suficientes para tu propio sustento o el de tu familia.
Por ello, se trata de un procedimiento más sencillo. Sin embargo, es importante presentar correctamente el trámite, ya que debes conservar la continuidad de tu residencia para su cómputo a efectos de la nacionalidad española.
¿Qué comprobará entonces Extranjería?
La Administración revisará principalmente la existencia de antecedentes penales y los informes policiales correspondientes, así como el incumplimiento de obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.
¿Cuándo debes presentar la modificación?
Puedes presentar la solicitud durante los dos meses anteriores al vencimiento de tu autorización y también dentro de los tres meses posteriores a su caducidad.
Si presentas la modificación dentro de cualquiera de estos plazos, tu situación legal en España quedará prorrogada hasta que la Oficina de Extranjería dicte una resolución. Esto significa que no quedarás en situación irregular mientras esperas la respuesta.
Aunque la normativa permite presentar la solicitud después del vencimiento, no recomiendo dejar el trámite para el último momento. Prepararlo con anticipación permite revisar tu resolución, calcular correctamente los plazos y solucionar cualquier incidencia antes de que caduque la tarjeta.
No dejes la modificación para el último momento
En nuestro despacho revisamos tu situación, calculamos el plazo, preparamos y presentamos la modificación telemáticamente. También realizamos el seguimiento, atendemos posibles requerimientos y te acompañamos hasta la obtención de la nueva tarjeta.
Si tu residencia por razones humanitarias vence en los próximos meses, este es el momento de preparar la modificación y proteger la continuidad de tu residencia legal en España.