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Permiso de residencia de familiar de español

Cónyuge o pareja, hijos y padres de españoles: una autorización propia, con derecho a trabajar y hasta cinco años de vigencia.

Nuestro servicio

El nuevo Reglamento de Extranjería establece un régimen específico para los familiares de ciudadanos españoles, con requisitos y procedimientos propios. Esta autorización de residencia, con una vigencia de hasta cinco años, permite residir y trabajar legalmente en España.

Una de sus principales ventajas es que, en determinados supuestos, el familiar puede comenzar a trabajar desde la admisión a trámite de la solicitud, sin necesidad de esperar a la resolución definitiva.

Además, el procedimiento ofrece distintas posibilidades según la situación familiar. Si ambos se encuentran en España, es posible presentar la solicitud desde territorio español en los supuestos previstos por la normativa. Si el familiar reside en el extranjero, también existen mecanismos para iniciar el procedimiento desde España y, posteriormente, tramitar el visado correspondiente.

Desde nuestro despacho nos encargamos de preparar y presentar el expediente completo, acreditar el vínculo familiar y los demás requisitos aplicables, así como realizar el seguimiento del procedimiento hasta obtener una resolución.

Se trata de una de las vías más favorables del actual régimen de extranjería, ya que facilita la reunificación familiar y el acceso al mercado laboral, aportando mayor estabilidad jurídica a las familias de ciudadanos españoles.

En caso de divorcio o disolución de la pareja, analizamos la opción más conveniente para conservar la continuidad de tu permiso, bien sea a través de una modificación o mantenimiento de tarjeta.

Caso de éxito

Familiar de ciudadano español – ascendiente

Expediente preparado en 48 horas y resuelto favorablemente en 5 semanas. La solicitud se fundamentó en la convivencia y el vínculo familiar, sin acreditación de medios económicos.

Caso real. Datos personales omitidos por confidencialidad.

Resolución favorable. Datos personales omitidos por confidencialidad.
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