Nuestro servicio
Desde el nuevo reglamento existen cinco tipos de arraigos, y elegir mal la vía puede marcar la diferencia entre una autorización concedida o denegada. Analizamos cuál encaja con tu situación real — en general bastan dos años de permanencia en España —, preparamos la prueba y diseñamos el expediente para minimizar requerimientos. Tramitación presencial u online, y defensa ante denegaciones.
Requisitos y documentación habitual
- Pasaporte completo en vigor
- Empadronamiento histórico (permanencia en España)
- Contrato de trabajo o medios económicos, según modalidad
- Antecedentes penales del país de origen, apostillados y traducidos
- Informe de integración social (según modalidad)
- Documentación específica según tu caso — la definimos en la consulta
Preguntas frecuentes
¿Qué arraigo me corresponde?
Depende de tus oportunidades laborales, vínculos familiares y medios económicos. En la consulta analizamos tu situación y documentación para determinar la vía más adecuada. Un estudio riguroso antes de presentar el expediente es fundamental para reducir el riesgo de una denegación.
¿Puedo trabajar con el arraigo?
Las modalidades actuales llevan aparejada autorización de trabajo en la mayoría de casos. Te explico exactamente qué te permite tu modalidad.
¿Y si me lo deniegan?
Analizamos la resolución y, si hay fundamento, presentamos recurso. Conocer la vía administrativa y la judicial es parte de la estrategia desde el día uno.
Caso de éxito
Arraigo social concedido en Barcelona
Expediente presentado en febrero y resuelto favorablemente en menos de dos meses, con autorización para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia desde la fecha de efectos.
Caso real. Datos personales omitidos por confidencialidad.
